Ayudas a oficinas de transformación comunitaria para la promoción y dinamización de comunidades energéticas
CE OFICINAS
Creación y desarrollo de comunidades energéticas contribuyendo con ello a una descarbonización justa e inclusiva mediante el fomento de las inversiones en infraestructuras verdes y la participación de actores no tradicionalmente involucrados en el sector energético.
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Presupuesto
20.000.000 euros
En qué consiste
Fomentar la creación y desarrollo de comunidades energéticas
Para quién
Ciudadanos, pymes y entes locales. Oficinas de transformación comunitaria.
Cuantía ayuda
Variable según el área de actuación. Desde 40%
Lugar de presentación
Sede Electrónica del IDAE
Presentación cerrada
En qué consiste
Programa de ayudas a oficinas de transformación comunitaria para la promoción y dinamización de comunidadades energéticas. Se busca fortalecer el sistema de apoyo principalmente a ciudadanos, pymes y entidades locales, con el fin de fomentar la creación y desarrollo de comunidades energéticas, sin necesariamente conformarse como una persona jurídica independiente.
¿Qué es una Oficina de Transformación Comunitaria?
Es un espacio físico y/o virtual, existente o de nueva creación, dotado de los recursos y personal necesarios para llevar a cabo, públicamente, tanto labores de difusión sobre el concepto y los aspectos relacionados con comunidades energéticas, como labores de asesoramiento y acompañamiento.
1
Difusión
Establecimiento y oferta de cursos de formación, y/o jornadas, seminarios y/o talleres para la constitución y funcionamiento de comunidades energéticas, dirigidos a la ciudadanía y otros agentes del tejido social potencialmente interesados en las mismas y/o divulgación de las acciones, proyectos y resultados de comunidades energéticas para fomentar su extrapolación e implementación en otros contextos.
2
Acompañamiento
Prestación de servicios de asesoramiento técnico para la dinamización y empoderamiento de las comunidades energéticas, ofreciendo, entre otros, asesoramiento técnico para el desarrollo de procesos participativos en determinados entornos para evaluar el potencial para desarrollar proyectos de constitución de comunidades energéticas, con participación ciudadana y de otros agentes del tejido social interesados, facilitando, en su caso, el establecimiento, en su ámbito, de procesos de información, debate, deliberación y decisión de sus potenciales partícipes.
3
Asesoramiento
Consultoría técnica, administrativa, económica, social y/o jurídica vinculada a la ejecución de proyectos concretos de constitución y funcionamiento de comunidades energéticas.
Para quién
Personas jurídicas públicas o privadas, salvo la Administración General del Estado, legal y válidamente constituidas que tengan su domicilio fiscal en España y asuman la responsabilidad del correcto funcionamiento de las Oficinas de Transformación Comunitaria, asumiendo los gastos que sean necesarios para el desarrollo de las actividades de las mismas. No es un requisito de estas oficinas conformarse como una persona jurídica independiente.
¿Qué es una Comunidad energética?
Persona jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales, que desarrolle proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible que sean propiedad de dicha persona jurídica y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.
Principales actividades que se desarrollan en una Comunidad Energética
- Generación de energía que proceda de fuentes renovables.
- Proporcionar servicios de eficiencia energética (incluyendo, por ejemplo, renovaciones de edificios).
- Suministro, consumo, agregación y almacenamiento de energía y potencialmente distribución.
- Prestación de servicios de recarga de vehículos eléctricos o de otros servicios energéticos.
Ventajas de las Comunidades Energéticas
- Proporcionan a los ciudadanos un acceso justo y fácil a recursos locales de energía renovable y otros servicios energéticos o de movilidad, pudiendo beneficiarse de inversiones en los mismos.
- Los usuarios podrán tomar el control y tendrán una mayor responsabilidad para la auto provisión de sus necesidades energéticas.
- Se crean oportunidades de inversión para ciudadanos y negocios locales.
- Ofrecer a las comunidades la posibilidad de crear ingresos que se generan y permanecen en la propia comunidad local, aumentando la aceptación del desarrollo de energías renovables locales.
- Facilitación de integración de energías renovables en el sistema a través de la gestión de la demanda.
- Beneficios ambientales.
- Beneficios sociales: creación de empleo local y fomento de la cohesión y equidad social.
Cuantía de la ayuda
Límites de ayuda máxima por beneficiario y solicitud (€)
Tipo de beneficiario
Ayuntamientos
Límite de ayuda
260.000€
Tipo de beneficiario
Límite de ayuda
560.000€
Tipo de beneficiario
Entidades públicas dependientes o vinculadas a las Entidades locales territoriales (siempre que no desarrollen actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado).
Límite de ayuda
Aquella de la entidad local territorial a la que esté vinculada o de la que dependa.
Tipo de beneficiario
Comunidades Autónomas y entidades públicas dependientes o vinculadas a las mismas, siempre que no desarrollen actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
Límite de ayuda
890.000€
Tipo de beneficiario
Límite de ayuda
890.000€
Tipo de beneficiario
Cualquier persona jurídica de naturaleza privada o pública que desarrolle actividad económica, por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.
Límite de ayuda
Según régimen de minimis
Tipo de beneficiario
Personas jurídicas de naturaleza privada que no desarrollen actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
Límite de ayuda
410.000€
Tipo de beneficiario
Cualquier otra Entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida.
Límite de ayuda
410.000€
¿Qué es régimen minimis?
Las ayudas de minimis son aquellas concedidas por los Estados miembros de la Unión Europea cuyo importe es inferior a 200.000 euros.
Fecha y lugar de presentación
Más información
Enlaces de interés
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