RENOINN 2
Renovables innovadoras
Programa de Incentivos de proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como de sistemas térmicos renovables.
Presupuesto
202,5 M€

En qué consiste
Incentivos de proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento
Para quién
Personas jurídicas, públicas o privadas, agrupaciones de las anteriores o comunidades de propietarios
Cuantía ayuda
Subvención a fondo perdido y se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva.
Fecha presentación
Hasta el 19 de febrero de 2026
En qué consiste
Estas iniciativas prevén aportar al sistema 299,6 MW de generación -mayoritariamente fotovoltaica- y 351,6 MWh de capacidad de almacenamiento. El objetivo de esta segunda convocatoria es el de seguir apoyando proyectos renovables de carácter innovador y, para ello, se han mantenido los cinco programas de ayuda:
Para quién
Personas jurídicas, públicas o privadas, agrupaciones de las anteriores o comunidades de propietarios.
Programas
1. Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.
Este programa busca impulsar esta modalidad que compatibiliza la producción agrícola y la producción fotovoltaica en el mismo espacio, otorgando prioridad a los cultivos. Se financian proyectos de agrivoltaica intercalada o con estructura sobre el cultivo. En este segundo caso, se diferencia entre instalaciones de hasta 4 metros y las que superan esta altura. La altura mínima será de 2 metros.
La instalación siempre debe ser fotovoltaica, aislada o conectada a la red, con una capacidad de generación superior a 200 kWp.
Para alcanzar esta potencia, se aceptan proyectos agrupados de instalaciones individuales superiores a 15 kWp.
2. Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.
Este programa busca impulsar esta modalidad que compatibiliza la producción agrícola y la producción fotovoltaica en el mismo espacio, otorgando prioridad a los cultivos. Se financian proyectos de agrivoltaica intercalada o con estructura sobre el cultivo. En este segundo caso, se diferencia entre instalaciones de hasta 4 metros y las que superan esta altura. La altura mínima será de 2 metros.
La instalación siempre debe ser fotovoltaica, aislada o conectada a la red, con una capacidad de generación superior a 200 kWp.
Para alcanzar esta potencia, se aceptan proyectos agrupados de instalaciones individuales superiores a 15 kWp.
3. Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras.
Este programa financia las instalaciones fotovoltaicas, eólicas e hidroeléctricas con potencia igual o superior a 200 kWp en aeropuertos, puertos, canales, vías ferroviarias, carreteras, desaladoras, vertederos, plantas de tratamiento de agua, así como todas sus instalaciones asociadas. También se subvencionan actuaciones realizadas en rehabilitaciones de espacios antes empleados para actividades mineras, y vertederos en funcionamiento o clausurados.
Para alcanzar esta potencia, se aceptan proyectos agrupados de instalaciones individuales de un mismo beneficiario superiores a 15 kWp.
4. Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento con participación de consumidores vulnerables.
Con este programa, se pretende apoyar el despliegue de esta modalidad de autoconsumo en edificios, donde vive el 70% de la población en España, buscando emplear las renovables como herramienta frente a la pobreza energética. Las instalaciones objeto de ayuda pueden ser fotovoltaicas y eólicas, con potencias iguales o superiores a 100 kWp y al menos un 10% de la energía generada ha de destinarse a consumidores vulnerables. Pueden estar conectadas a la red, a la red interior de un consumidor o a la instalación de enlace de edificios, para un autoconsumo con o sin excedentes.
Para alcanzar esta potencia, se aceptan proyectos agrupados de instalaciones individuales de un mismo beneficiario superiores a 15 kWp.
5. Programa de incentivos 5: Proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.
Deben ser bombas con una potencia mínima de 500 kW (puede ser en proyectos agrupados), salvo en el caso de las comunidades de propietarios, donde la potencia mínima será de 70kW.
Las ayudas de estos cinco programas se otorgan en régimen de concurrencia competitiva y los proyectos pueden ubicarse en cualquier punto del territorio español. En la valoración de los proyectos se tendrán en cuenta criterios económicos, así como el grado de madurez de la propuesta y externalidades positivas de los proyectos. Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se admitirán proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la solicitud de la ayuda y tendrán que respetar el principio de “no causar un daño significativo” al medioambiente (DNSH por sus siglas en inglés).
Cuantía de la ayuda
Las ayudas consisten en una subvención a fondo perdido y se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva.
Lugar y fecha de presentación
Lugar: IDAE
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 19 de febrero de 2026
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